sábado, 13 de julio de 2013

¿Que quieres saber sobre la nueva licencia de conduccion? ¿Cuales son tus dudas sobre la renovacion del documento?

DUDAS E INQUIETUDES SOBRE EL CAMBIO DE LICENCIAS

¿Cuáles son las categorías de las licencias de conducción y cómo hace una persona para identificar en que categoría está?

Las categorías de licencias para conducir vehículo particular son: B1, B2 o B3, anteriormente conocidas como 2 ó 3.

Las categorías de licencias para conducir vehículo de servicio público son: C1, C2 C3, anteriormente conocidas como 4, 5 ó 6.

Para saber a qué categoría pertenece una licencia, la persona debe buscar esta información en la licencia que porta.

¿Desde cuándo se expedirá la nueva licencia y cuáles son los cambios?

Desde el 15 de julio se comenzará a tramitar. Los cambios son especialmente en el aumento de las medidas de seguridad, las cuales ahora son similares a las de la cédula. También, que se podrán tramitar varias categorías y todas quedarán en el mismo documento.

¿Cuáles son las características de la nueva licencia de conducción?
  • Un número único de la licencia de conducción que corresponde al número de identidad del conductor.
  • Mayor información del conductor como: la fecha de nacimiento y tipo de sangre.
  • Una lámina base con altos niveles de seguridad.
  • Re laminado con cinta holográfica, como las actuales cédulas de ciudadanía.
  • Un único documento que refleja todas las categorías; es decir, quien tiene licencia de conducción de moto y carro, ya no necesitarán un documento para cada vehículo; en la nueva están todas las categorías autorizadas. 



Entonces, ¿en julio tengo que cambiar mi licencia por la nueva?

Depende del caso:
  • Si tiene o no fecha de vencimiento.
  • De acuerdo a su edad.
  • De acuerdo al formato que porta actualmente y el estado en que esté.
  • Debe tenerse claro que la refrendación consiste en que una vez se encuentra vencida la licencia se refrenda para generar una nueva fecha de vencimiento y se exige como requisito el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz expedido por Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por el Ministerio de Transporte; el trámite de duplicado no exige ningún requisito, la información que contendrá la licencia no cambia.

Pero si yo solo conduzco vehículo particular no importa que tenga la licencia vencida, ¿o sí?

Lo que se aconseja es que cambie la categoría de su licencia, por una B1, B2 o B3, que es para vehículo particular. Al hacer esto, la vigencia de su documento será por diez años y no tres, como la que tiene hoy en día. Finalmente, si usted no conduce vehículo de servicio público, no hay razones para conservar el documento con esa categoría.

¿Qué pasa con la vigencia de las licencias de conducción después del Decreto 019 de 2012?
El Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo particular, por eso, si su licencia es para conducir vehículos particulares, automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5 años y después de los 80 años deberá renovar la licencia cada año.
Recuerde que si su licencia es para conducir servicio público, la renovación es cada 3 años, pues ésta no fue modificada con el Decreto 019 de 2012.

¿Qué pasa si soy mayor de 60 años?

Esta es una de las excepciones para la vigencia de las licencias. Si es mayor de ésta edad y su documento no tiene fecha de expiración, tiene plazo hasta el 2017 para renovarla (cinco años a partir de que entró en vigencia la Ley). Si usted es mayor de 80 años, su licencia vence cada año, así que es preciso que la renueve. Si es mayor de 60 años y su licencia tiene fecha de caducidad, o sea, es para servicio público, debe renovarla cada año.

¿Qué pasa si conduzco motocicleta?

Aplican las mismas condiciones que para la licencia para vehículo particular. Es decir, estará vigente hasta el 2022.

¿Si tengo la licencia vigente, pero en mal estado, ¿debo cambiarla?

Es lo más aconsejable. Sobre todo si su licencia no cumple con las condiciones técnicas y de seguridad establecidas por el Ministerio de Transporte o si la información de la lamina no es legible.

¿Cuál es el trámite para refrendar ó renovar una licencia de conducción?

Para renovar su licencia de conducción siga estos dos (2) pasos:
  1. Examen aptitud física, mental y de coordinación motriz: Acérquese a un centro de reconocimiento habilitado por el Ministerio de Transporte y que corresponda al municipio donde tramitara su licencia, para que se realice el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, psíquicas y motrices. El centro de reconocimiento envía el resultado de ese examen al sistema RUNT.
  2. Foto y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito:Diríjase al organismo de tránsito para realizar la refrendación ó renovación, allí le tomarán la foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.
Nota: el cambio del formato de la licencia de conducción no varía estos pasos.

Tengo licencia A2 para conducir motocicletas y B1 automóviles, si se vencen al mismo tiempo, para refrendarlas tengo que presentar un examen por cada categoría?

Si, el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz evalúa y certifica de acuerdo al tipo de vehículo, que el conductor continua apto y bajo las mismas condiciones para conducir, de acuerdo a la categoría que lo solicite.

La nueva ficha técnica adoptada desde el 15 de Julio corresponde a la sustitución que trata el art. 244 de la Ley 1450 de 2011 que debe ser gratis?


No, el trámite de sustitución que menciona no se encuentra regulado por el Ministerio de Transporte. Lo que sucede a partir del 15 de Julio es que entra en circulación la nueva ficha técnica o formato de la licencia según la Resolución 623 de 2013 expedida por el Ministerio de Transporte, el proceso de cambio al nuevo formato se realizará a través de los trámites actuales: recategorización, refrendación o duplicado.


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