DUDAS E
INQUIETUDES SOBRE EL CAMBIO DE LICENCIAS
¿Cuáles son las categorías de las licencias de conducción y cómo hace
una persona para identificar en que categoría está?
Las categorías de licencias para conducir vehículo particular son: B1, B2 o B3, anteriormente conocidas como 2 ó 3.
Las categorías de licencias para conducir vehículo de servicio público son: C1, C2 C3, anteriormente conocidas como 4, 5 ó 6.
Para saber a qué categoría pertenece una licencia, la persona debe buscar esta información en la licencia que porta.
Desde el 15 de julio se comenzará a tramitar. Los cambios son especialmente en el aumento de las medidas de seguridad, las cuales ahora son similares a las de la cédula. También, que se podrán tramitar varias categorías y todas quedarán en el mismo documento.
- Un número único de
la licencia de conducción que corresponde al número de identidad del
conductor.
- Mayor información
del conductor como: la fecha de nacimiento y tipo de sangre.
- Una
lámina base con altos niveles de seguridad.
- Re
laminado con cinta holográfica, como las actuales cédulas de ciudadanía.
- Un único documento que refleja todas las categorías; es decir, quien tiene licencia de conducción de moto y carro, ya no necesitarán un documento para cada vehículo; en la nueva están todas las categorías autorizadas.
Depende del caso:
- Si
tiene o no fecha de vencimiento.
- De
acuerdo a su edad.
- De
acuerdo al formato que porta actualmente y el estado en que esté.
- Debe
tenerse claro que la refrendación consiste en que una vez se encuentra
vencida la licencia se refrenda para generar una nueva fecha de
vencimiento y se exige como requisito el examen de aptitud física, mental
y de coordinación motriz expedido por Centro de Reconocimiento de
Conductores autorizado por el Ministerio de Transporte; el trámite de
duplicado no exige ningún requisito, la información que contendrá la
licencia no cambia.
Lo
que se aconseja es que cambie la categoría de su licencia, por una B1, B2 o B3,
que es para vehículo particular. Al hacer esto, la vigencia de su documento
será por diez años y no tres, como la que tiene hoy en día. Finalmente, si
usted no conduce vehículo de servicio público, no hay razones para conservar el
documento con esa categoría.
El
Decreto 019 de 2012 definió la vigencia de las licencias para conducir vehículo
particular, por eso, si su licencia es para conducir vehículos particulares,
automáticamente queda con vigencia de 10 años, salvo los conductores que estén
en el rango de edad entre los 60 y 80 años de edad donde la vigencia será de 5
años y después de los 80 años deberá renovar la licencia cada año.
Recuerde
que si su licencia es para conducir servicio público, la renovación es cada 3
años, pues ésta no fue modificada con el Decreto 019 de 2012.
Esta es una de las excepciones
para la vigencia de las licencias. Si es mayor de ésta edad y su documento no
tiene fecha de expiración, tiene plazo hasta el 2017 para renovarla (cinco años
a partir de que entró en vigencia la Ley). Si usted es mayor de 80 años, su
licencia vence cada año, así que es preciso que la renueve. Si es mayor de 60
años y su licencia tiene fecha de caducidad, o sea, es para servicio público,
debe renovarla cada año.
Aplican
las mismas condiciones que para la licencia para vehículo particular. Es decir,
estará vigente hasta el 2022.
Es lo más aconsejable. Sobre
todo si su licencia no cumple con las condiciones técnicas y de seguridad
establecidas por el Ministerio de Transporte o si la información de la lamina
no es legible.
Para renovar su licencia de conducción siga estos dos (2) pasos:
- Examen
aptitud física, mental y de coordinación motriz: Acérquese a un centro
de reconocimiento habilitado por el Ministerio de Transporte y que
corresponda al municipio donde tramitara su licencia, para que se realice
el examen médico donde verifican sus condiciones físicas, psíquicas y
motrices. El centro de reconocimiento envía el resultado de ese examen al
sistema RUNT.
- Foto
y cancelación de derechos ante el organismo de tránsito:Diríjase al organismo de
tránsito para realizar la refrendación ó renovación, allí le tomarán la
foto y le indicarán el valor a cancelar. Una vez el organismo de tránsito
hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se
encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia
de conducción.
Nota: el cambio del formato de
la licencia de conducción no varía estos pasos.
Tengo licencia A2
para conducir motocicletas y B1 automóviles, si se vencen al mismo tiempo, para
refrendarlas tengo que presentar un examen por cada categoría?
Si, el examen de aptitud
física, mental y de coordinación motriz evalúa y certifica de acuerdo al tipo
de vehículo, que el conductor continua apto y bajo las mismas condiciones para
conducir, de acuerdo a la categoría que lo solicite.
La nueva ficha
técnica adoptada desde el 15 de Julio corresponde a la sustitución que trata el
art. 244 de la Ley 1450 de 2011 que debe ser gratis?
No, el trámite de sustitución
que menciona no se encuentra regulado por el Ministerio de Transporte. Lo que
sucede a partir del 15 de Julio es que entra en circulación la nueva ficha
técnica o formato de la licencia según la Resolución 623 de 2013 expedida por
el Ministerio de Transporte, el proceso de cambio al nuevo formato se realizará
a través de los trámites actuales: recategorización, refrendación o duplicado.
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