miércoles, 17 de julio de 2013

¿Que requisitos se requieren para solicitar un traspaso de una moto en el Transito de villavicencio?



Por ahorrarse un dinero y confiando en que el comprador le dará un buen uso al carro, muchas personas no legalizan ante las autoridades de tránsito el cambio de propiedad de un vehículo usado, trámite más conocido como traspaso.

“La mayoría de personas que venden sus vehículos no realizan el traspaso inmediatamente. Muchos se confían en que se lo vendieron a un conocido o familiar, y no legalizan este paso importante”.

Y es que el hecho de entregarle los papeles del vehículo al comprador y firmar un contrato de compraventa, no le garantiza a quien lo vendió que esta persona registre finalmente el traspaso como lo señala la norma.

Situación que se convierte en un riesgo para quien sigue apareciendo como propietario en la última licencia de tránsito, debido a que tendrá que continuar respondiendo por las obligaciones legales del carro como pago de impuestos, comparendos electrónicos, embargos, un accidente de tránsito o, en el peor de los casos, por usar el vehículo para cometer delitos.

En el caso de que el comprador no encuentre al vendedor a la hora de hacer el traspaso, que este haya muerto o esté fuera el país, la ley establece que es válido que una de las partes haga el trámite con el contrato de compraventa.

Muchos creen que acudiendo a la cancelación de matrícula se exoneran de responsabilidad ante el organismo de tránsito, pero lo cierto es que “las causales de este trámite se encuentran en la ley también, ya que únicamente se debe hacer en casos de robo, pérdida o accidente del vehículo”.

La invitación que hacen las autoridades a quienes tienen su vehículo matriculado en Barranquilla y aún no han tramitado el traspaso es a que se acerquen con los requisitos correspondientes a cualquiera de las oficinas de la Secretaría Distrital de Movilidad y legalicen el cambio de propiedad para evitarse inconvenientes legales más adelante.

Que es el Traspaso de propiedad de un vehículo automotor:


Inscripción de la transferencia de la propiedad de un vehículo. La tradición del dominio de los vehículos automotores requerirá, además de su entrega material, su inscripción en el organismo de tránsito correspondiente. (Art. 47º Ley 769/2002)

Requisitos solicitados a la hora de radicar su tramite en nuestras oficinas:


  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado con firmas y huellas dactilares del propietario y comprador.
  • Contrato de compraventa debidamente diligenciado con firmas y huellas del propietario – comprador – Improntas adheridas.
  • SOAT y Revisión Técnico mecánica debidamente reportado al RUNT (No se exige la fotocopia).
  • ​Fotocopia de la licencia de transito o denuncia por perdida.
  • ​Fotocopia del recibo de pago de los últimos 2 años de impuestos o estado de cuenta.
  • Fotocopia del documento de identidad del propietario y comprador al 150%.
  • Si el trámite no se hace personalmente, lo puede hacer a través de un poder autenticado por notaria o contrato de mandato. ​​Adjuntándole copia de la cedula del apoderado al 150%.​


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